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La ventana de la Ley de Memoria Democrática cerró el 22 de octubre de 2025 y se llevó la mayor parte de los expedientes de puerta ancha por descendencia. La regla estándar de jus sanguinis sigue plenamente vigente, y la vía de dos años de residencia para solicitantes iberoamericanos y de origen sefardí está infrautilizada. Este es el mapa de trabajo.
La descendencia española ha pasado los últimos tres años definida por la Ley de Memoria Democrática de 2022, y ahora que la ventana de solicitud está cerrada, la mayor parte de la conversación sobre descendencia para expedientes HNWI se ha desplazado a lo que queda. Lo que queda es, de hecho, razonablemente sólido: una vía estándar de jus sanguinis totalmente intacta y sin límite de generaciones, una vía acelerada de residencia-nacionalidad en dos años para una clase amplia de solicitantes de excolonias y naciones herederas, y una vía especializada para solicitantes de origen sefardí que se cerró a nuevos expedientes en 2019 pero cuyo atasco de aprobados-en-espera sigue generando concesiones. Este texto es el briefing de trabajo actual del expediente.
El artículo 17 del Código Civil español convierte a la persona en española de origen si nace de progenitor español, sin límite de generaciones e independientemente del lugar de nacimiento. La cadena de transmisión se exige en el sentido de que cada generación intermedia tenía que ser española al nacer la siguiente, pero España históricamente no tuvo las reglas agresivas de stripping de doble nacionalidad de Alemania o Japón, así que las cadenas se mantienen entre generaciones más a menudo que en expedientes alemanes o polacos.
Para un cliente HNWI con abuelo o bisabuelo español, el expediente está abierto (la cadena se mantiene) o cerrado (la cadena se rompió por evento histórico específico). La rotura de cadena más común fue la adquisición voluntaria de nacionalidad latinoamericana a mediados del siglo XX, aunque los tratados de España con varios países de Latinoamérica preservan la nacionalidad española en casos específicos (los "tratados de doble nacionalidad"), así que hay que revisar país por país.
La Ley 20/2022 (Ley de Memoria Democrática), promulgada el 20 de octubre de 2022 y en vigor desde el 21 de octubre de 2022, abrió una ventana de dos años (ampliada una vez hasta el 22 de octubre de 2025) para tres categorías de solicitantes:
La ventana cerró para expedientes nuevos el 22 de octubre de 2025. Los expedientes presentados en plazo se están tramitando bajo la ley y las concesiones continúan. Si su expediente entró en plazo, sigue vivo en su propio régimen.
Para clientes cuyas raíces españolas encajan en el perfil para el que se escribió la Ley de Memoria Democrática pero que no presentaron antes de octubre de 2025, la vía directa está cerrada. Lo que queda es la vía de dos años de residencia o el caso estándar de jus sanguinis donde la cadena se sostiene sin necesidad de la ley especial.
El artículo 22 del Código Civil establece un camino abreviado de residencia-nacionalidad de dos años (en lugar de los diez estándar) para solicitantes de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Andorra, Portugal y solicitantes de origen sefardí-judío (esta última categoría sigue abierta, a diferencia de la ley sefardí de vía rápida de 2015-2019 que cerró).
Para un cliente HNWI con pasaporte de cualquiera de esas jurisdicciones, el cálculo es directo: dos años de residencia legal en España (con los requisitos habituales de presencia física y ausencia de antecedentes penales), seguidos de nacionalidad por solicitud. Examen de idioma A2 y examen cultural CCSE son obligatorios. La doble nacionalidad con el país de origen se admite bajo los tratados de doble nacionalidad que España tiene con la mayoría de esos países, aunque el texto concreto del tratado importa.
Esta vía está sensiblemente infrautilizada por expedientes HNWI. Un titular de pasaporte mexicano, argentino, chileno o brasileño que ya se planteaba una residencia española o europea por motivos fiscales o de estilo de vida está, en esencia, a dos años y un legajo de un pasaporte europeo completo. La Golden Visa y otras rutas largas se venden con frecuencia como el camino principal cuando la vía de dos años ofrece el mismo resultado con menor compromiso de capital.
La Ley 12/2015 abrió una vía para descendientes de sefardíes expulsados en 1492, exigiendo prueba de origen sefardí y vínculo cultural o lingüístico español. Las solicitudes cerraron el 30 de septiembre de 2019 tras varias prórrogas. Las concesiones bajo esa ley siguen emitiéndose a quienes solicitaron en plazo, y el atasco previsto corre hasta 2027-2028 dado el volumen recibido.
Para clientes que solicitaron bajo la ley y siguen esperando, el proceso avanza. Para clientes que no solicitaron antes de 2019, esa vía concreta está cerrada, y la alternativa es la vía de dos años de residencia (que sigue reconociendo el origen sefardí para el plazo reducido por el artículo 22).
La carga documental de un expediente estándar de jus sanguinis es considerable. Las autoridades españolas exigen certificados de nacimiento originales o en copia certificada para cada generación de la cadena, certificados de matrimonio para cada generación intermedia, certificados de defunción cuando aplique, y versiones apostilladas y traducidas al español de todos los documentos extranjeros. Los expedientes presentados en consulados españoles en el extranjero se tramitan por el Registro Civil Consular, en general más lento que el Registro Central en Madrid.
El tiempo de tramitación de un expediente de jus sanguinis corre hoy de doce a treinta meses del ingreso a la inscripción. Tasa administrativa (unos EUR 100 en costes de registro). Honorarios profesionales para armar el expediente limpio: USD 2.500 a 6.000 según cuántos países atraviese la cadena.
Para un cliente con cadena intacta de jus sanguinis español hasta un ancestro nacido en España, la ruta por descendencia es directa y entrega un pasaporte europeo completo. Para un cliente de país iberoamericano que se plantee la residencia europea, la vía de dos años de residencia es materialmente más rápida que la mayoría de otras opciones UE y debe modelarse contra la Golden Visa portuguesa, la Golden Visa griega y la residencia electiva italiana.
Para un cliente cuya raíz española pasaba por las categorías de exilio para las que se escribió la Ley de Memoria Democrática pero que no presentó antes de octubre de 2025, la vía directa está cerrada y el expediente hay que remodelarlo alrededor de la vía de residencia o de una alternativa UE por descendencia (Irlanda si aplica la línea del abuelo, Alemania si aplica el 116(2)).
La vía de dos años de residencia está infrautilizada y, para muchos expedientes, es la recomendación honesta. Si quiere probar cómo se sostiene frente a su cotización de Golden Visa o a su línea estándar de jus sanguinis, use el formulario de contacto. Posición escrita a fin de semana.